previstoen el artículo 24.2 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. Artículo 3. Tipología de necesidades sociales atendidas. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.2 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, los servicios y prestaciones recogidos en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de

Estanueva ley se configura sobre la base de los avances ya conseguidos en el ámbito de los servicios sociales en Andalucía, con el objetivo de consolidarlos, fortalecerlos y Decreto103/2022, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Autorización administrativa, Declaración responsable, Comunicación, Acreditación y Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía. Ley9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 29-12-2016 Tiempo de lectura: 31 min Índice
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1 A los efectos de la presente ley, se consideran profesionales del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía aquellas personas que tienen como dedicación principal desarrollar actividades relacionadas con las funciones de los servicios sociales descritas en la presente ley. 2.
Decem. El Parlamento andaluz ha aprobado la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de servicios sociales, que recoge aspectos importantes sobre la contratación pública de tales servicios. En su Exposición de Motivos se dice que el régimen jurídico de los servicios sociales que establece esta ley se ajusta a las previsiones contenidas . 414 228 6 139 303 279 291 16

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